La Jueza Ana Elena Díaz Cano, que hace un año falló que “hackear" un e-mail no es delito, estará presente en el Congreso de Legalidad que se llevará a cabo en el marco de InfoSecurity.
(Diario Ti, 4/6/2008) Ingresar a una cuenta de e-mail ajena y utilizar la información allí incluida en un juicio civil configura una “conducta atípica" y, en consecuencia, no constituye delito. Así lo determinó la jueza que rechazó la presentación de un abogado que denunció, precisamente, que habían hackeado su cuenta de correo electrónico.
El abogado denunció que violaron su correo electrónico y utilizaron la información allí contenida en un juicio en su contra. La Justicia entendió que no existe legislación que prevea esta “conducta atípica" y, por lo tanto, no es punible.
“Por más que existan en tratamiento diversos proyectos de ley que se refieren a lo que en doctrina se denominan ´delitos informáticos´... lo cierto es que aún no existe tal previsión legal", sostuvo la jueza.
En su análisis del caso, la magistrada admitió que “se ve seriamente comprometida la intimidad del agraviado", pero aclaró que “al no tratarse de un banco de datos personales... ni tampoco se conoce que los vulnerados hayan sido de aquellos datos que se consideran ´sensibles´, como sería el caso de los que revelen origen racial, étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical, información referente a la salud, enfermedades terminales o bien, a la vida sexual de las personas... la cuestión no permite encuadre legal en el marco pena", concluyó.