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La CMT obliga a Telefónica a ofrecer información detallada a Orange

La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones atiende las peticiones de Orange que exigía datos sobre cobertura y técnicos.

(El País, 1/4/2008) Telefónica tendrá que proporcionar a Orange información detallada acerca de los pares de cobre, corregir los defectos de sistema de gestión de operadores (SGO) y entregar a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) la información que pone a disposición de sus unidades de negocio minorista y sus bases de datos.

Así se desprende de la resolución de la CMT, que responde al escrito presentado el pasado mes de octubre por Orange contra Telefónica, por no facilitarle datos unificados sobre cobertura y características técnicas de los pares, así como por los "continuos errores y deficiencias" de información de las bases de datos de la OBA.

De forma general, la resolución de la CMT reconoce las deficiencias denunciadas, así como la discriminación frente a los servicios minoristas de Telefónica, como Imagenio. Además, incluye la obligación de Telefónica de "respetar el principio de no discriminación", mas allá de lo que puede figurar dentro de la Oferta de Bucle de Abonado (OBA), así como la necesidad de actualizar la OBA como resultado de la aplicación de este principio.

Telefónica, expuesta a ser multada

Asimismo, el escrito indica que en caso de que Telefónica no cumpla con lo establecido en dicha resolución "deberá pagar multas coercitivas".

En concreto, la resolución establece que Telefónica deberá publicar un fichero, que actualizará cada semana, con todos los pares de cobre de aquellas centrales donde sea factible la coubicación, incluyendo: identificador de par, el número telefónico (si está activo), su atenuación teórica y la longitud.

Asimismo, tendrá un plazo de cinco días para que las consultas a la base de datos de pares de cobre de la OBA suministren la información de si el par es potencialmente válido para servicios de televisión sobre Internet (IPTV).

Por otra parte, el incumbente dispone de un plazo de dos meses para implantar una interfaz de consulta de la base de datos de pares individuales que permita su automatización y respuesta en tiempo real, y que sea equivalente en prestaciones y resultados a la disponible para sus servicios internos, y tres meses para hacer lo mismo para la base de datos de unidades básicas (bloques de pares) y sobre los servicios de GigADSL y ADSL/IP.

La resolución incluye además un plazo de 15 días para corregir los defectos del Sistema de Gestión de Operadores (SGO), de forma que el operador incumbente suministre de forma correcta el código de rechazo de las solicitudes de acceso indirecto cuando el par esté fuera de cobertura o por bucle no válido debido a las características técnicas del par.

Además, Telefónica tiene un mes para corregir dicho sistema con el fin de permitir solicitudes de ADSL-IP para líneas con servicio Imagenio, y tendrá que atender las solicitudes realizadas de forma coordinada y simultanea para servicios mayoristas AMLT y acceso indirecto o acceso desagregado compartido, para poder replicar la facilidad minorista de solicitar una alta de línea con el servicio de banda ancha.

En cuanto a la caracterización del par, Telefónica tendrá que atender todas la solicitudes cuando los datos no hayan podido ser obtenidos en la base de datos, sin que en estos casos aplique el cupo máximo establecido por la OBA ni cobro alguno por el servicio.

Por otra parte, establece que Telefónica no podrá facturar a Orange por la prestación de servicios innecesarios, si hubiera cumplido con sus obligaciones (en este caso, los pagos por el servicio de caracterización de par necesitados por la falta de disponibilidad y actualización de la base de datos), y está obligada al pago de las penalizaciones correspondientes por los retrasos en estos servicios.

La CMT indica que Telefónica cuenta con 20 días para entregarle toda la información que pone a disposición de sus unidades de negocio minorista, así como toda fuente o base de datos accesible por la propia compañía.

Orange lamenta la tardanza

Fuentes de Orange valoraron "positivamente" dicha resolución "ya que contribuirá a mejorar el nivel de competencia en el mercado de banda ancha, beneficiando a los consumidores, quienes podrán disponer de ofertas más competitivas".

Asimismo, aseguraron que la operadora confía y espera que la resolución se cumpla en tiempo y forma, y que las obligaciones impuestas en ella por el regulador sean acatadas de forma inmediata por el denunciado, llegándose incluso a la imposición de multas coercitivas por su incumplimiento.

La operadora recordó que mantiene otras denuncias interpuestas ante el regulador sobre prácticas anticompetitivas del incumbente, como las relativas a desagregaciones incorrectas. En este sentido, aseguró que seguirá exigiendo el cumplimiento de la regulación, para que el "éxito comercial de sus ofertas no se vea nublado por deficiencias en el servicio causadas en este caso por un tercero, y pueda ofrecer a sus clientes la calidad que se merecen".

Por último, Orange lamentó que la resolución se haya producido al cabo de casi seis meses desde su planteamiento, "periodo durante el cual el incumbente ha podido beneficiarse de una posición anticompetitiva, que le ha permitido incrementar su cuota en el mercado de banca ancha".

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